Recuerda realizar tu pago estimado

Los impuestos tienen que pagarse según usted gane o reciba ingresos durante el año, ya sea a través de la retención o de los pagos estimados del impuesto. Si la cantidad del impuesto sobre los ingresos retenida de su sueldo o pensión no es suficiente, o si usted recibe ingresos tales como intereses, dividendos, pensión para el cónyuge divorciado, ingresos del trabajo por cuenta propia, ganancias de capital, premios y galardones, puede que tenga que hacer pagos de impuestos estimados.

Si usted no paga suficiente impuesto a través de la retención y los pagos de impuestos estimados, se le puede cobrar una multa. También se le puede cobrar una multa si sus pagos de impuestos estimados están tardíos, incluso si usted tiene derecho a un reembolso cuando presente su declaración de impuestos.

Los pagos estimados vencen en las fechas siguientes:

  • 1 de enero al 31 de marzo – 15 de abril
  • 1 de abril a 31 de mayo – 15 de junio
  • 1 de junio al 31 de agosto – 15 de septiembre
  • 1 de septiembre al 31 de diciembre – 15 de enero del próximo año

Nota: Si estas fechas caen un sábado, domingo o día de fiesta legal, los pagos vencen el próximo día laboral.

Quiénes tienen que pagar el Impuesto Estimado

Los individuos, incluidos los propietarios únicos, socios, y accionistas de sociedades anónimas tipo S, generalmente tienen que efectuar los pagos de impuestos estimados si esperan adeudar impuestos de $1,000 o más al presentar su declaración.

Generalmente, las sociedades anónimas tienen que efectuar los pagos de impuestos estimados si anticipan adeudar impuestos de $500 o más al presentar su declaración.

Puede que usted tenga que pagar impuestos estimados para el año en curso si su impuesto del año anterior fue más de cero. Vea la hoja de cálculo en el Formulario 1040-ES, Impuesto estimado para individuos (en inglés), o el Formulario 1120-W, Impuesto estimado para sociedades anónimas (en inglés), para obtener más detalles acerca de quién tiene que pagar el impuesto estimado.

Quiénes NO tienen que pagar el Impuesto Estimado

Si usted recibe salarios y sueldos, puede evitar tener que pagar el impuesto estimado solicitándole a su empleador que retenga más impuestos de sus ingresos. Para hacerlo, preséntele un nuevo Formulario W-4 (SP), a su empleador. Hay una línea especial en el Formulario W-4(SP) en la que puede anotar la cantidad adicional que usted desee que su empleador le retenga.

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